Existen impuestos cuyo sentido o hecho impositivo a veces no es fácil de entender, o al menos, de compartir, y este es uno de ellos.
Según una definición que fácilmente se puede encontrar buceando por google, el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (más conocido como plusvalía municipal) es un impuesto municipal directo y de carácter potestativo cuya regulación básica se encuentra recogida en los artículos 104 a 110 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Este impuesto se justifica en la participación que el Ayuntamiento ha de tener en una parte de las plusvalías generadas en los terrenos de naturaleza urbana de propiedad particular por la actuación urbanística y la realización de obras y servicios públicos de las administraciones públicas.
Dicho así, la verdad es que queda muy bonito, justificado y rimbombante, pero si se escudriña un poquito, la realidad parece algo distinta, o por lo menos, puede tener varias interpretaciones. Este impuesto ha de liquidarse cuando un sujeto pasivo vende algún inmueble, casa o piso de su propiedad en su pueblo o ciudad, lo que, según la administración, le ha generado unas plusvalías respecto de cuando lo compró. Cuando se compra algo, y posteriormente se vende por más valor, tiene sentido a que, por esas plusvalías generadas, se pague una cantidad. Y de hecho, esto sucede en IRPF. Pero esto tiene sus matices.
Qué pasa si en vez de vender ese piso por más dinero, se vende por menos? En vez de generar plusvalías, se ha generado una minusvalía… Lógicamente (?), la administración no va a devolver ningún dinero, (aunque no estaría mal que algún día el sistema impositivo existente, ese al que hay que pagar si se gana dinero en alguna operación, devolviese dinero en caso de pérdida), pero que sí o sí haya que pagar un dinero por unas plusvalías que no se han tenido, o que al menos es discutible si se han tenido, parece que está un poco fuera de lugar.
Revisando la definición anteriormente expuesta, “… plusvalías generadas … por la actuación urbanística y la realización de obras y servicios públicos…”, resulta que debido a las actuaciones que se han realizado en la zona mientras el propietario vivía en ella, el inmueble se ha revalorizado (pero vamos, porque la administración lo dice, ya que el precio de venta lo marca el mercado, no la administración), y entonces, hay que pagar por esas actuaciones? Otra vez? Y qué pasa con el resto del vecindario? No se aprovechan a diario de esas supuestas mejoras? Y los que pasan por allí porque es apetece? Y los que viven de alquiler no pagan esas mejoras? Y los que no venden el piso tampoco se aprovechan de esas mejoras? Un poco oscuro parece.
Si se compra un piso por 100, y se vende por 150, es entendible que por esos 50 de ganancia haya que pagarle al estado. Y así se hace, pero en otro impuesto, en renta, es decir, en IRPF. Así pues, en una lectura fría de los acontecimientos, además de pagar en IRPF por los 50 que se han sacado de beneficio, adicionalmente hay que pagar la plusvalía al ayuntamiento.
Pero, y cuánto se ha de pagar de plusvalía? Pues con la iglesia hemos topado! Este sí que es un tema digno de una tesis doctoral. Resulta que aquí, el ayuntamiento, que es quien recauda dicho impuesto, lo que tiene en cuenta, es el valor catastral del inmueble. Y siendo el catastro una especie de oráculo que todo lo sabe, una caja negra donde están contenidos los precios de todos los inmuebles del mundo mundial, hay que joderse y morir en él, ya que, en una misma finca, dos pisos aparentemente iguales en metros y distribución, están valorados en la misma cantidad, independientemente de si uno está en la ruina pura, para realizar una obra integral, y el otro sea uno de alto standing y perfectamente conservado. Eso, al catastro, que recordemos que es quien marca la base imponible del impuesto, se la repanfinfla. Y eso, por no mencionar que también se tienen en cuenta para el cálculo los años que han pasado desde que se produjo la última trasmisión del inmueble.
Vamos, que puestos a dudar de si el hombre ha llegado a la luna, de si nos fumigan con las famosas chemtrails de los aviones a reacción para mantener al rebaño tranquilet, o de las teorías terraplanistas, da la sensación que la plusvalía es un juguete que se les ha dado a los ayuntamientos para que no se enfaden, y puedan disponer de su dinerito para hacer sus cositas.
Porque, puestos a elucubrar, a nadie se le ha ocurrido pensar que lo que supuestamente se paga con la plusvalía, no es lo que se liquida anualmente con el impuesto de bienes inmuebles? O si no, para qué sirve este último impuesto? Ese es otro capítulo…